Gran Farmacia se ha comprometido a hacer accesibles sus sitios web de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://granfarmacia.es/ (los subdominios de este sitio web tendrán sus propias declaraciones de accesibilidad).
Este sitio web es parcialmente conforme con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, debido a la falta de conformidad de los aspectos que se indican a continuación.
El contenido que se recoge a continuación no es accesible por lo siguiente:
La presente declaración fue preparada el 4 de agosto de 2023.
El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
Última revisión de la declaración: 4 de agosto de 2023.
Conforme a lo indicado en los artículos 10 a 13 del Real Decreto 1112/2018 de 7 de septiembre, dispone de los siguientes mecanismos de comunicación y reclamación para ejercer en el ámbito de las webs de la presente declaración de accesibilidad.
COMUNICACIONES: Según el artículo 10.2.a) del citado real decreto, puede realizar comunicaciones sobre requisitos de accesibilidad, como, por ejemplo:
Las comunicaciones las puede realizar a través de las siguientes vías:
En el campo de texto debe detallar la/s página/s (url) a la/s que se refiere, indicando los incumplimientos o la dificultad de acceso al contenido, o bien las sugerencias y mejoras a la referida página.
Las comunicaciones serán recibidas y tratadas por Gran Farmacia.
QUEJAS: De acuerdo al artículo 10.2.b), del citado real decreto si quiere solicitar la información relativa a contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación de este real decreto, de acuerdo a su artículo 3 apartado 4, o están exentos por imponer una carga desproporcionada, o desea presentar quejas sobre la accesibilidad de este sitio web, pulse para contactar.RECLAMACIONES: De acuerdo al artículo 13, del citado real decreto, si quiere presentar una reclamación sobre una queja realizada anteriormente, bien para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, para instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, exponer las razones por las que considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos, o porque no haya recibido respuesta a la queja en plazo, pulse para contactar.El procedimiento de reclamación recogido en el artículo 13 del Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, entrará en vigor el 20 de septiembre de 2020.
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